Ir al contenido

Aprobar la Relación Definitiva de Listas Admitidas para participar en las Elecciones Primarias 2025

ÓRGANO ELECTORAL NACIONAL

PARTIDO POLÍTICO “SALVEMOS AL PERÚ”

RESOLUCIÓN N.º -2025-10-31- OEN/SAP

 

Ver Resolución 
Lima, 31 de octubre de 2025

VISTOS

El (los) expediente(s) de inscripción de fórmulas y listas de precandidaturas presentadas ante el Órgano Electoral Provincial (OEP) y/o la Secretaría Técnica del OEN, los cargos de recepción, las actas y hojas de trámite correspondientes; el Reglamento Electoral del Partido; el cronograma electoral interno aprobado, modificatorias y ampliatorias; los informes de la Secretaría Técnica,; y,

CONSIDERANDO

  1. Que, conforme a los artículos 21 y 24 de la Ley N.º 28094 – Ley de Organizaciones Políticas (LOP), las elecciones primarias determinan candidaturas y su orden, pudiendo realizarse por la modalidad de delegados, de acuerdo con el Estatuto y el Reglamento Electoral del Partido.
  2. Que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mediante Resolución Jefatural N.º 000063-2025-JN/ONPE, aprobó el Reglamento de Elecciones Primarias para las EG-2026; y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), mediante Resolución N.º 0126-2025-JNE, aprobó el cronograma electoral que fija plazos preclusivos para cada etapa.
  3. Que el Jurado Nacional de Elecciones, por Resolución N.º 0163-2025-JNE, precisó sus competencias en las elecciones primarias (acceso a ventanilla única, fiscalización de hojas de vida, resolución en apelación y proclamación de candidatos), en coordinación con la ONPE y el RENIEC.
  4. Que el Reglamento Electoral del Partido “Salvemos al Perú” atribuye al Órgano Electoral Nacional la conducción integral del proceso desde la convocatoria hasta la proclamación de resultados; así como la elaboración y publicación de la lista final de candidaturas admitidas para la primaria y la resolución, en segunda y última instancia, de los medios impugnatorios dentro del ámbito interno.
  5. Que, cerrada la etapa de inscripción de listas conforme al cronograma interno y a los plazos legales, corresponde al OEN emitir el acto que declare culminada dicha etapa, apruebe la relación definitiva de fórmulas y listas admitidas para participar en las Elecciones Primarias 2025, y consigne las listas improcedentes (y, de ser el caso, inadmisibles no subsanadas en plazo), disponiendo su publicación y notificación a los interesados, a la ONPE y al JNE, según corresponda.

Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas,

SE RESUELVE

Artículo 1.º — Culminación de etapa.

Dar por concluida la etapa de inscripción definitiva de fórmulas y listas de precandidaturas para las Elecciones Primarias 2025 del Partido Político “Salvemos al Perú”, al 31 de octubre de 2025 conforme al cronograma interno y a la normativa aplicable.

 Artículo 2.º — Aprobación de listas admitidas.

Aprobar la Relación Definitiva de Listas Admitidas para participar en las Elecciones Primarias 2025, contenida en el Anexo 1 (que forma parte integrante de la presente resolución), correspondiente a:

a) Fórmula Presidencial

b) Senado (Distrito Único Nacional)

c) Cámara de Diputados (27 circunscripciones)

d) Parlamento Andino (Distrito Único)

e) Delegados

Artículo 3.º — Listas improcedentes/inadmisibles.

Declarar improcedentes (y, de ser el caso, tener por no subsanadas las inadmisibilidades) las listas detalladas en el Anexo 2, por las causales específicas señaladas en cada caso (requisitos incumplidos, impedimentos, documentación esencial omitida, subsanación extemporánea, etc.). Notifíquese a los personeros y responsables de lista.

Artículo 4.º — Publicación y transparencia.

Publicar el cuadro consolidado de listas admitidas e improcedentes en el portal oficial del proceso (sección Elecciones Primarias 2025), el mismo día de emitida la presente resolución. La Secretaría Técnica conservará expediente digital íntegro por lista (con índice y foliado electrónico).

Artículo 5.º — Impugnaciones interna

Precisar que contra la presente resolución no procede recurso interno adicional respecto de la admisión, y que – de ser el caso - las improcedencias han sido emitidas por segunda y última instancia interna del OEN, agotándose la vía interna.

Artículo 6.º — Comunicación a organismos electorales.

Poner en conocimiento de la ONPE la Relación Definitiva de Listas Admitidas (Anexo 1) para los fines de organización de la jornada de primarias; y del JNE (a través de la DNROP/JEE, según corresponda) para lo pertinente en control de hojas de vida, ventanilla única y trazabilidad del proceso.

Artículo 7.º — Encargos operativos.

Encargar a la Secretaría Técnica del OEN: (i) la notificación electrónica a los responsables de lista y personeros; (ii) la actualización del Registro Interno de Listas y Fórmulas; (iii) la remisión de los formatos consolidados y metadatos exigidos por ONPE/JNE; y (iv) la custodia de los expedientes y la atención de requerimientos de información.

Artículo 8.º — Vigencia.

La presente resolución entra en vigencia el mismo día de su emisión.


Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

 
PLENO DEL ÓRGANO ELECTORAL NACIONAL

Aprobado Sesión del 31 de Octubre del 2025

Publicado 31 de Octubre del 2025

Ultima revisión 31 de Octubre del 2025

 

 

ANEXO 1 — Relación Definitiva de Listas Admitidas

FÓRMULA PRESIDENCIAL

SENADO – DISTRITO ÚNICO NACIONAL (Lista cerrada y bloqueada)

CÁMARA DE DIPUTADOS – 27 CIRCUNSCRIPCIONES

PARLAMENTO ANDINO – DISTRITO ÚNICO

DELEGADOS

Cada lista debe consignar: código interno, denominación, circunscripción, número de precandidatos según escaños, alternancia/paridad, y vínculo a expediente digita


Más información


.

HOY MARTES 28 OCT 2025-VENCE PLAZO DE EXCEPCION PARA INSCRIPCION DE LAS PRE CANDIDATURAS (SENADO, CAMARA DE DIPUTADOS Y REPRESENTANTES PARLAMENTO ANDINO)